Zona Norte Extrema de la Alta Guajira: ejemplo de autonomía en Wüinñpümüin

 

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«Cuando la fuerza de voluntad de los pueblos deciden unirse para la búsqueda del bienestar común, con plena conciencia de su pasado histórico y vislumbrando el futuro que desea, no habrá poder humano que lo detenga» Eso es lo que pienso de éste camino que hemos empezado a transitar en Wüinñpümüin – Zona Norte Extrema de la Alta Guajira (9 corregimientos) porque es el momento de marcar el hito histórico de la Nación Wayuu. Aquí es el origen de nuestra historia, nuestros dioses nos crearon aquí para la libertad, el sello del valor de la palabra sagrada de donde bebieron los seres divinos, aquí las plantas y los animales antes de serlo también se divinizaron…pero nosotros los humanos nos volvimos prepotentes contra nuestro origen sagrado….pero ahora reinventamos la historia… porque éste pueblo es de sabios y guerreros que les han querido meter ese chip de pordioseros” E. Zambrano

 

Elimines Zambrano

El corregimiento Tawaira fue testigo del “Grito de la Autonomía” de la Zona Norte Extrema de la Alta Guajira, conformada por nueve corregimientos: Nazaret, Puerto Estrella, Taroa, Tawaira, Siapana, Castillete, Puerto López, Punta Espada y Warerpa, allí los lideres y autoridades tradicionales wayuu se trazaron como meta, lograr la unidad de visión y de criterios para la búsqueda de la conformación de la Entidad Territorial Indígena (ETI).

Desde que entró en vigencia el Decreto 1953 en el mes de octubre de 2014 o también conocido como Decreto Autónomo, los pueblos indígenas de Colombia han comenzado el camino para poder administrar los recursos de forma independiente sin estar sujeto a las alcaldías y gobernaciones.

A través del Decreto Autónomo y la aprobación de una entidad territorial de un pueblo indígena que está ubicado en un territorio de resguardo podrá acceder al manejo de los recursos destinados a la educación, salud, programas de primera infancia o semillas de vida, saneamiento básico y agua. Y sistema general de participación.

Estos temas son fundamentales para el desarrollo de un pueblo y el hecho de ejercer la administración de los recursos en estas entidades sería un logro justo e histórico. Ya que las gobernaciones y alcaldías no han podido satisfacer las expectativas de desarrollo y nisiquiera tienen en cuenta el plan de vida de cada pueblo originario.

Marcos Ja´yaliyuu, Autoridad Tradicional wayuu y pütchipu  hizo el llamado a mantener la unidad para lograr el objetivo y superar las dificultades del pasado. Por otra parte Ezequiel Prieto Epiayuu, líder que ha venido transitando el camino de lucha en esta zona recurre a la analogía del Yanama, que es el trabajo colectivo cuando van hacer un apain o el huerto familiar de manera que todos puedan sembrar y cosechar para el consumo de todos “políticamente en el pasado creíamos mucho en la figura de los alijunas hoy en día nos sentamos, miramos hacia atrás y hoy más que nunca creemos firmemente en nosotros mismos” afirmó Ezequiel.

Las alianzas

La Organización Nacional Indigna de Colombia (ONIC) ha venido a través de las Mingas Nacionales, asambleas, reflexiones y rituales, lograr lo que hoy es una realidad, ya que la Constitución política de 1991 reconoce los territorios Indígenas como Entidades Territoriales, pero el Congreso no puede expedir la norma para el funcionamiento de la misma.

En Tawaira, después de un largo proceso de pudo firmar la constitución jurídica de la ZNE de la Alta Guajira y de esta forma se escogieron por consenso dos delegados por corregimiento y dos representantes legales.

Para esta ocasión Elder Pérez, Ministerio de interior-Dirección de Asuntos Indígenas fue delegado como garante del proceso. También estuvieron varias organizaciones de la ONIC y el Movimiento Dignidad Wayuu de Uribia.

Por ahora queda esperar los trámites respectivos hasta que el ministerio de Interior emita una resolución y posteriormente una certificación, previo a esto La Agencia Nacional de Tierras les corresponde delimitar los territorios indígenas y elevar los censos de sus habita

¿Qué es una ETI?

En sus disposiciones sobre organización territorial, la Constitución Nacional de Colombia de 1991 define como Entidades Territoriales a los departamentos, distritos, municipios y territorios indígenas (Art. 286); que gozan de autonomía para la gestión de sus intereses; y dentro de los límites de la constitución tienen derecho a administrar los recursos y establecer los tributos necesarios para el cumplimiento de sus funciones (Art. 287).

El Artículo 329 indica que las Entidades Territoriales Indígenas (ETIs) se conformarán según lo dispuesto en la Ley Orgánica de Ordenamiento Territorial (LOOT), y serán delimitadas por el Gobierno Nacional, con participación de representantes indígenas, previo concepto de la Comisión de Ordenamiento Territorial. ntes.

 

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