Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado pide conocer las expectativas del pueblo wayuú en materia de reparaciones

La Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado hizo llegar una comunicación al abogado guajiro José Manuel Abuchaibe con respecto al caso 14.054 del pueblo wayuú, dando respuesta a un derecho de petición.

En ese sentido, la agencia recordó que la CIDH solicitó al Estado colombiano que, en el plazo de un mes, manifieste su intención de iniciar un proceso de búsqueda de solución amistosa en el caso del asunto, “plazo es indicativo, ya que ni en el Reglamento de la CIDH, ni en la Convención Americana sobre Derechos Humanos, se establece un término específico para dar inicio al proceso de búsqueda de solución amistosa”.

“Es importante aclarar que la Andje articula la defensa del Estado de manera coordinada ante los órganos de supervisión del Sistema Interamericano de Derechos Humanos. Bajo esta perspectiva, para determinar si se da inicio o no a un proceso búsqueda de solución amistosa, la Andje ha considerado necesario conocer las expectativas concretas en materia de reparaciones de la parte peticionaria, con el objeto de socializarlas con las entidades concernidas y tomar una decisión al respecto”, especifica la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado.

La comunicación también señala que el día 10 de marzo de 2021, se remitió la Nota con radicado No. 20216010017231-GDI a la CIDH anexa, en la que se le solicitó que, por su intermedio, requiriera a la parte peticionaria “una propuesta concreta en materia de reparaciones, con el fin de determinar la viabilidad de iniciar un proceso de búsqueda de solución amistosa”, la cual se anexa”.

Así las cosas, una vez la Andje cuente con los insumos necesarios, informará sobre su intención de iniciar este trámite a la CIDH. “Considerando que todos los aspectos que sean abordados en el marco del trámite establecido tanto en la Convención Americana sobre Derechos Humanos, como en el Reglamento de la CIDH, deben gestionarse por su canal oficial, es decir, a través del Portal de Peticiones y Casos de la CIDH».

Por su parte, el abogado guajiro menciona: “Debemos señalar cuáles serían las expectativas del pueblo wayuú en materia de reparaciones en este proceso que tiene informe favorable de admisibilidad. Recordemos que la demanda se hizo porque consideramos que al expedirse el nuevo sistema de regalías no se realizó consulta previa ni en el acto legislativo ni tampoco en su ley reglamentaria”.

De igual forma dice que con la expedición del Decreto 4923 del 26 de diciembre de 2011 “por el cual se garantiza la operación del Sistema General de Regalías”, el Gobierno nacional reconoció en un documento público que omitió la realización de la consulta previa con los pueblos indígenas, como lo establece el Convenio de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), del cual Colombia es signataria, cuando se trate de cualquier medida que pueda afectar a estos pueblos”.

“Pretendió realizar la consulta previa en forma posterior, lo que resulta violatorio de las normas constitucionales e internacionales vigentes sobre la materia”, especifica el abogado.

Por otro lado, el jurista aclara que las reparaciones deben construirse sobre “los perjuicios causados al dejar de percibirse durante estos 8 años los recursos provenientes de regalías y compensaciones que fueron el soporte de importantes inversiones para mitigar la pobreza del pueblo wayuú con subsidios de salud, programas de gratuidad, transporte y alimentación para escolares, aportes al pago de maestros, electrificación, agua potable y saneamiento básico, entre muchos otros”.

Finalmente, dice que espera que las autoridades indígenas, la Gobernación, los alcaldes y líderes puedan ayudar en este proceso, para así presentar unas “expectativas concretas que permitan un acuerdo amistoso con el Estado Colombiano”.

Por: Diario del Norte

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